“Morir matando, matar muriendo”
¿Es la pena de muerte una solución válida para castigar a quienes cometen crímenes graves?
En tiempos primitivos el hombre resolvía las injusticias por mano propia. Luego, a medida que fue evolucionando, reemplazó ese comportamiento por un complejo sistema de leyes que tipifican casos y recetan castigos.
¿Qué es la justicia? ¿Hacerle a alguien lo mismo que él hizo? ¿Darle una cucharada de su propio veneno? Vestigio de tiempos oscuros, la pena de muerte es un homenaje al Código de Hamurabbi y su Ley del Talión: “ojo por ojo, diente por diente”. Propone castigar al responsable -en general de una muerte- con su suya propia.
En casi cien países, entre los que se destaca la primera potencia mundial, Estados Unidos, se la tiene como opción para castigar los delitos más graves. ¿Qué se entiende por delito grave? En la mayoría de los casos, homicidio; no excluye que los delitos sexuales o contra la salud también puedan encuadrarse dentro de ellos. Culturas que difieren de la Occidental también recurren a ella en casos como el adulterio de una mujer, la cual es sepultada por una lluvia de piedras arrojadas por gente libre de pecado. Incluso los padres de nuestra civilización, los romanos, ante una traición a la Patria utilizaban la muerte, facilitando al imprudente la expiación de sus culpas.
Actualmente se utilizan diversos métodos para infringir la pena de muerte. Previniendo cualquier posibilidad de espectáculo morboso, se aplica de modo de evitar cualquier dolor al criminal. En esto se diferencia de las torturas medievales (y de las contemporáneas, menos ostentosas), cuyo objetivo solía ser desalentar cierto tipo de conducta. Descartado el sufrimiento corporal ¿cuál es la finalidad de la pena de muerte? ¿Eliminar del sistema a un componente que se cree irrecuperable? ¿Es posible reinsertar en la sociedad -a través de la farmacología- a un violador de menores, a un psicópata asesino? ¿O acaso es más fácil seccionar que curar, podar que cuidar? Tal vez la pena de muerte se trate de un conveniente atajo.
Ninguna pena puede retrotraerse: nadie puede devolverle a un ciudadano -encarcelado injustamente- el tiempo perdido. El tiempo es la materia prima de la vida. Y la pena de muerte es arrebatarle de un tajo todo su tiempo. Por eso, en oposición a mucha bibliografía, pienso que entre una pena común y la pena de muerte no hay diferencia cualitativa -como podría suponerse a priori-, sino cuantitativa.
En la Argentina fue impuesta y removida varias veces, usualmente en forma sincrónica con el ascenso y descenso al poder de la fuerza militar. Desde 1984 no rige, y en virtud de pactos internacionales que tienden a preservar los derechos humanos es poco probable que vuelva a instaurarse. Sin embargo, en su plataforma política de 1999, Duhalde la propuso para castigar homicidios vinculados al narcotráfico, secuestro, y violación de menores seguidos de muerte. Hay un sector de la sociedad que está de acuerdo porque -desde su lectura del tema- lo ven como un camino para disminuir la inseguridad.
Al no existir la pena de muerte, la prisión perpetua hace las veces de castigo máximo. Sin embargo, en muchos casos, termina siendo no mayor a veinticinco años el tiempo que el reo permanece en prisión. Muchos de quienes estar a favor alegan que los delincuentes entran y salen de las cárceles sin demora, que sus condenas son breves paréntesis que los incitan a reincidir. Si bien es cierto que la justicia muchas veces da lugar a ese proceso, la pena de muerte no aparece como una herramienta que pueda agilizar o mejorar su funcionalidad. De hecho, exigiría jueces de una idoneidad casi impensable en nuestra sociedad, a sabiendas de que sus veredictos podrían poner fin a la vida de una persona (sabiendo que incluso en un país desarrollado como Estados Unidos -a través del ADN- se supo que en el pasado fueron ejecutados cientos de inocentes).
Es falso que tenga efecto disuasorio en los delincuentes: muchas investigaciones aportan evidencias en sentido contrario. En una poética de lo atroz Laurent enumera, entre los argumentos opuestos a ella, que las penas de sangre ensangrientan las costumbres: “la sangre llama a la sangre”.
La pena de muerte es un fácil escape, una sociedad que intenta remover sus síntomas en vez de mirarse a sí misma. Se despersonaliza al preso, se lo convierte en un objeto, en un número. Sin caer en la exageración -de moda en los últimos tiempos- de darles beneficios a los presos (que ya mucho le cuestan al Estado), tendría que rediseñarse el sistema carcelario para que sea más efectivo. Se siguen construyendo cárceles para mantener a los delincuentes cómodamente hacinados durante un tiempo: están latentes hasta que los liberan, momento en el cual ponen en acto sus intenciones criminales. Es probable que si se gestionasen de una forma más eficaz los recursos, podrían desarrollarse una serie de talleres laborales para que aprendan un oficio, y luego -con lo que produzcan- devuelvan al Estado algo de lo que sustrajeron (incluso sería más cercano al concepto del Derecho que consiste en “devolver las cosas a su statu quo”). Es decir, no enviarlos a hacer tareas inútiles, sino que estén obligados a trabajar y obtener beneficios útiles para la sociedad y para ellos (que también, ulteriormente, repercutirá en forma positiva en la sociedad).
Teniendo en cuenta lo planteado, ¿es eficaz la pena de muerte para disminuir la inseguridad, o es una de las tantas soluciones mágicas que busca una sociedad, empecinada en no ver que son sus raíces las de los frutos amargos?